Medidas cautelares y anotaciones registrales
Para asegurar el cobro de una deuda en juicio
Cuando alguien inicia un juicio para reclamar el pago de una deuda, muchas veces teme que, al momento de dictarse la sentencia, el demandado ya no tenga bienes para responder. Para evitar que esto ocurra, existen herramientas legales que permiten «congelar» o proteger ciertos bienes mientras dura el proceso. Las más importantes son:
1. Embargo preventivo
Es una medida que ordena el juez para «reservar» bienes del demandado mientras se resuelve el juicio. El objetivo es evitar que los venda, los esconda o los transfiera, dejando al acreedor sin posibilidad de cobrar.
Para que se dicte, el juez necesita ver tres cosas:
- Que hay una deuda clara.
- Que puede pasar mucho tiempo hasta la sentencia (y que eso es riesgoso).
- Que hay indicios suficientes de que el reclamo es legítimo.
El embargo debe ser razonable, es decir, no puede afectar más bienes de los necesarios ni ser desproporcionado.
2. Inhibición general de bienes
Esta medida impide que el demandado venda o transfiera cualquier bien a su nombre. Se inscribe en registros públicos (como el Registro Nacional de Inhibiciones), lo que significa que cualquier persona o entidad que consulte esos registros podrá ver que esa persona está inhibida.
No impide que el demandado siga usando sus bienes, pero sí que los disponga (por ejemplo, vender una casa). Esta herramienta se aplica cuando hay peligro de que el deudor se deshaga de todo su patrimonio y deje sin respaldo al reclamo.
3. Anotación de litis
Sirve para avisar, a través del Registro de la Propiedad, que hay un juicio en curso relacionado con un inmueble. Es como ponerle una «alerta» a esa propiedad.
Por ejemplo, si alguien quiere comprar una casa que está siendo reclamada en un juicio, la anotación de litis le permite saber que esa operación puede traer problemas legales en el futuro.
Esta medida protege tanto a las partes del juicio como a terceros de buena fe que podrían verse afectados por una sentencia futura.
Estas medidas no implican que el juez ya haya decidido quién tiene razón, pero sí permiten proteger los derechos de quien reclama, asegurando que si gana el juicio, podrá efectivamente cobrar lo que se le debe.
Gentileza: Abogada Mariana Funes Siri
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